La Administración admite nuestra reclamación previa y reconoce el error de valoración en una persona afectada por daño cerebral aumentando su porcentaje de discapacidad al 66% pudiéndose beneficiar de las ventajas y ayudas que supone superar el 65%. Os resumimos el caso por ser de interés y poder ayudar a otros afectado por daño cerebral
Se trata de un varón de 50 años que tras la Covid sufrió daño cerebral necesitando de tratamiento rehabilitador tanto en área física como cognitiva, y tratamiento por Psicología y Psiquiatría por cuadro ansioso depresivo en el contexto de secuelas post Covid.
Resolución inicial de grado de discapacidad
El equipo de valoración y orientación de la Comunidad de Madrid, emitió su Dictamen reconociendo las siguientes patologías: Trastorno del equilibrio de etiología infecciosa, Trastorno cognitivo, Trastorno de la afectividad por trastorno adaptativo de etiología psicógena y discapacidad del sistema neuromuscular de etiología infecciosa.
Tras la valoración y en aplicación de los baremos de valoración de grado de discapacidad, se le reconoció un porcentaje total de discapacidad del 60% y un baremo de movilidad positivo.
Reclamación previa de grado de discapacidad
A nuestro entender no se realizó una correcta valoración del daño cerebral, por lo que interpusimos una reclamación a la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Comunidad de Madrid, donde solicitamos una revisión de la Resolución por parte del centro base de atención a personas con discapacidad que le asignó un 60% de porcentaje de discapacidad, ya que los informes médicos presentados acreditaban una discapacidad grave de al menos el 65%.
Aportamos junto a la reclamación documentos que lo acreditaban concretamente
Un informe de neuropsicología que indicaba que el reclamante tras cinco meses de rehabilitación en el área física y cognitiva, además de seguimiento por parte de psicología y psiquiatría, mantenía como secuelas la alteración en las capacidades cognitivas principalmente problemas para procesar la información y memorizarla.
El segundo documento fue un informe de rehabilitación que detallaba las actividades de la vida diaria que el reclamante realizaba con dificultad como caminar en exteriores, subir escaleras, entrar y salir del coche, caminar en terrero irregular, cruzar calles, viajar en transporte público, preparar alimento, llevar bebidas de una habitación a otra, lavar platos, lavar la ropa, leer; y en el que necesita ayuda para realizarlas como hacer tareas de la casa o ir de compras.
Como tercer documento aportamos la Resolución del INSS donde se le reconocía una situacion de incapacidad permanente total
Y por último un informe de salud mental que recogía como diagnóstico el Trastorno adaptativo con clínica ansioso depresiva, que le provocaba una sintomatología que le impedía llevar a cabo su actividad laboral, dificultaba su ocio y hábitos de vida y para el cual estaba en tratamiento farmacológico.
Probamos como los informes médicos acreditaban una Discapacidad Grave (Clase IV) englobada dentro del apartado de Enfermedad mental, del Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre (en vigor a la fecha de reclamación) acreditando que las patologías mencionadas que interferían en su desarrollo personal, laboral y social afectando a sus actividades de la vida diaria.
La Resolución que se recurría ciertamente reconocía una discapacidad grave (60-70%) pero en un rango inferior al que correspondía que no debía ser inferior al 65%.
Resolución final de grado de discapacidad
Finalmente en febrero de 2023 el equipo de valoración y orientación del centro base ESTIMÓ nuestra Reclamación previa planteada estableciendo el grado total de discapacidad del interesado en un 66%.
Con este porcentaje de discapacidad el afectado por daño cerebral ya puede solicitar una pensión no contributiva, jubilación anticipada (no contributiva), beneficios y exenciones fiscales, subvenciones y ayudas.
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