La incapacidad permanente absoluta es una situación laboral que reconoce a aquellas personas que, debido a una enfermedad o lesión, han perdido su capacidad para trabajar de manera permanente en cualquier tipo de profesión u oficio.
Este reconocimiento da lugar a una prestación económica que es vital para las personas que no pueden trabajar y necesitan la pensión para subsistir.
Sin embargo, en algunos casos, esta prestación puede ser retirada por diversas razones, como son:
Mejoría en la salud. En los procesos de revisión el INSS valora si existe mejoría y si la persona ya no cumple con los requisitos para recibir la prestación.
Incumplimiento de obligaciones: Si la persona que recibe la prestación no cumple con sus obligaciones, como por ejemplo no acudir a las revisiones médicas o no informar sobre cambios en su situación personal o laboral, puede ser motivo para retirar la incapacidad permanente absoluta.
Actividad laboral: Si la persona que recibe la prestación comienza a trabajar de nuevo, aunque sea de parcial, es posible que se le retire la incapacidad permanente absoluta. En este caso, se llevará a cabo una revisión para evaluar si la persona ya no cumple con los requisitos para recibir la prestación.
Fallecimiento: En caso de fallecimiento de la persona que recibe la prestación, ésta será retirada automáticamente.
Qué hacer si nos quitan la pensión. Plazos para reclamar
Si te han quitado la incapacidad permanente absoluta, es importante que conozcas tus derechos y las opciones disponibles para ti. Aquí te proporcionamos información sobre qué hacer en esta situación:
Obtén información detallada: Lo primero que debes hacer es obtener información detallada sobre las razones por las que te han quitado la incapacidad permanente absoluta. Solicita una copia el expediente de revisión.
Reclamación administrativa: Si consideras que la decisión de retirar la incapacidad permanente absoluta es incorrecta, debes presentar una reclamación administrativa previa ante el organismo responsable en el plazo que establezca la resolución. Generalmente 30 días hábiles
Plazos para reclamar judicialmente: En caso que te desestimen la reclamación previa debes interponer demanda ante los juzgados de lo social.
Es recomendable que el profesional que contrates este especializado en temas de incapacidad para tener mayores posibilidades de éxito.
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