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Neurolegal consigue en sentencia una indemnización de 685.476,24 euros por un traumatismo craneal

Los hechos ocurrieron el 16 de junio de 2013 cuando R.R. iba de ocupante en un vehículo en el que el conductor perdió el control provocando un grave accidente que le ocasionó un trastorno craneoencefálico severo con hemorragia subaracnoidea siendo que a pesar de la gravedad logró salvar la vida pero con importantes secuelas neurológicas y cognitivas.


R.R. realizó rehabilitación del daño cerebral adquirido en diversos centros especializados como el CEADAC, Unidad del daño cerebral adquirido del Hospital Hermanas Hospitalarias, y a pesar de conseguir una importante mejoría mantiene secuelas a nivel cognitivo por las que se la declaró incapaz para realizar ningún tipo de trabajo.


Los problemas en las áreas cognitivas de atención, memoria, planificación y ejecución le dificultaban sus relaciones sociales así como las actividades básicas de la vida diaria, como la debida atención de su familia y de sus hijos menores de edad.


Por parte de la aseguradora se trataba de indemnizar los prejuicios sufridos por R.R. en la cantidad de 204.111,98 euros.


No conformes con esta cantidad los familiares contrataron los servicios del abogado Abelardo Moreno, especialista en daño cerebral, presidente de Neurolegal, que interpuso demanda judicial en reclamación de lo que consideraban ajustado al derecho.


En la demanda se reclamaba, entre otras, las secuelas a nivel cognitivo y sus repercusiones, así como los gastos que por ayuda de tercera persona precisaba la demandante ante las dificultades atencionales y de planificación, solicitando una indemnización de 685.476,24 euros

Por parte del Juzgado de Primera Instancia de Motilla del Palancar tan solo se reconoció una indemnización de 217.613,21 euros. No conformes el abogado interpuso ante la Audiencia Provincial de Cuenca un recurso de apelación siendo estimado y reconocidas las prestaciones solicitadas por el daño cerebral sufrido.


Los magistrados de la Audiencia Provincial de Cuenca entendieron lo que supone un daño cerebral. Se logró acreditar cómo las consecuencias de dificultades de planificación, ejecución, atención y memoria conllevan a una limitación que afecta a una parte relevante de la vida de una persona y la necesidad de precisando supervisión para muchas actividades básicas dado dado que la autonomía relacional y de decisión de la demandante está comprometida.


Dice igualmente la Audiencia Provincial de Cuenca en su sentencia que los problemas de memoria y ejecución no sugiere minimizar sus efectos como de mero despistes u olvidos sino que afectan a la manera de reaccionar imprevistos o reaccionar conllevando una limitación funcional absoluta.


Esta Sentencia también contemplo y estimó la solicitud indemnizatoria realizada por el abogado sobre los costes futuros por la necesidad de asistencia de tercera persona por cuanto que la perjudicada se encuentra imposibilitada para desempeñar normalmente las tareas del hogar así como el cuidado de los hijos por tener afectadas sus capacidades de organización y planificación.


Sentencias como la de la Audiencia Provincial de Cuenca ilustran los padecimientos reales y secuelas de un daño cerebral adquirido sirviendo de ejemplo para otros supuestos similares al presente.




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