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Se prorroga automáticamente la validez de la calificación del grado de discapacidad durante un año

Se trata de una medida aprobada por la Consejería de Bienestar Social de Castilla La Mancha, a través de la Dirección General de Discapacidad, que es la competente en la gestión del procedimiento de calificación y valoración del grado de discapacidad conforme al Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y en principio solo afecta a los empadronados en dicha comunidad.

Durante la situación de pandemia se prorroga automáticamente la validez de la calificación del grado de discapacidad durante un año

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la citada norma, algunas de las resoluciones de reconocimiento de discapacidad están sujetas a plazo debiendo revisarse las mismas cumplido el mismo.


Debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19, se han adoptado un conjunto de medidas excepcionales reguladas en el RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, tales como la limitación de la libre circulación, la suspensión e interrupción de los plazos administrativos determinada también por el citado Real Decreto, así como el cierre de muchas de las estructuras organizativas encargadas de tramitar las solicitudes y realizar las valoraciones técnicas o de llevar a cabo los actos de propuesta y resolución, o la importante reducción de su personal empleado para evitar la propagación de la pandemia.


A pesar de la reanudación del procedimiento mediante la Resolución de 13/05/2020, de la Dirección General de Discapacidad, por la que se acuerda la continuación del procedimiento administrativo de declaración y calificación del grado de discapacidad, este tiempo de suspensión de plazos ha afectado de forma muy im portante a las personas con reconocimientos provisionales de grado de discapacidad cuyos plazos para realizar las revisiones han vencido en estos dos meses o lo hará en los próximos.

Debido a esta situación, esta Dirección General considera que debe procederse a una prórroga automática para evitar los graves efectos que podrían darse en caso contrario.


En su virtud y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 7 del Decreto 86/2019, de 16 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Bienestar Social, el Director General de Discapacidad.


Resuelve:


Primero. Prórroga de la validez de la calificación del grado de discapacidad reconocida con carácter revisable.


Se prorroga la validez de las resoluciones de calificación del grado de discapacidad de carácter provisional cuya revisión no se haya podido realizar por las medidas excepcionales establecidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, durante un año desde la fecha de finalización de su vigencia, o bien, hasta que se produzca la revisión de oficio por parte del Centro Base correspondiente, en caso de que sea anterior.


Volvemos a reiterar que es una medida para empadronados en la Comunidad de Castilla La Mancha

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