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El daño cerebral por hidrocefalia conlleva incapacidad absoluta. Análisis de la sentencia del TSJ de Santander de 23/10/2019

Queremos compartir esta interesante y reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Santander por cuanto los Tribunales comienzan a entender las consecuencias de las secuelas que puede provocar un daño cerebral, en este caso, el producido por una hidrocefalia congénita.

El daño cerebral por hidrocefalia conlleva incapacidad absoluta. Análisis de la sentencia del TSJ de Santander de 23/10/2019

En dicha Sentencia nº 000713/2019 del Tribunal Superior de Justicia de Santander a 23 de Octubre de 2019, se concede la pensión de orfandad al demandante de 25 años por considerarse que su estado clínico es constitutivo de incapacidad permanente absoluta para toda profesión u oficio.


El Tribunal establece que la patología del actor encaja en el concepto de IPA, porque con independencia de su discapacidad en los términos (67%) del dictamen del Equipo de Valoración y Orientación, la naturaleza de los padecimientos referidos y las facultades afectadas, tratándose de una hidrocefalia, producen daño cerebral con enlentecimiento y apatía, así como valorable el meningioma.


También las secuelas que implican (episodios epilépticos que hacen imprevisible la práctica de cualquier quehacer laboral, en condiciones mínimas de profesionalidad, y le excluyen del mercado laboral como prevé el artículo 194.1.c) para afirmar la incapacidad absoluta.


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